Condena de 8 días de localización… ¿y si hubiera sido un hombre? ¿Cuantos años de cárcel?

Diario Vasco (Efe), “Condenada por acosar a su excompañero e impedirle llevar una vida normalizada”, San Sebastián, 25/09/2014.

«Una mujer ha sido condenada por un juzgado de San Sebastián a penas que suman ocho días de localización permanente por acosar a su excompañero sentimental al que impedía “llevar una vida normalizada”.

Según la sentencia del caso, el acoso comenzó a producirse una vez finalizada la “relación afectiva análoga a la conyugal” que ambos mantenían, tras lo que la mujer “comenzó a llamar por teléfono con asiduidad” al perjudicado.

Asimismo, la procesada enviaba “numerosos mensajes” insultantes al hombre “impidiendo que éste pudiera llevar una vida normalizada”, ya que también “le perseguía y acosaba allá donde se lo encontrara”…

La resolución judicial aclara que esta situación “fue agravándose con el paso del tiempo”, lo que provocó un episodio de “estrés postraumático” en el hombre.

Durante el juicio por estos hechos, la inculpada se mostró conforme con la pena que solicitó la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenada a penas que suman ocho días de localización permanente como responsable de una falta de coacciones y de otra de injurias. Asimismo, la mujer no podrá aproximarse a su víctima ni comunicarse con ella durante un año.»

http://www.diariovasco.com/gipuzkoa/201409/25/condenada-acosar-excompanero-impedirle-20140925115116.html